Características históricas del
sistema educativo argentino
Las características históricas del sistema
educativo argentino conducen una de las claves de análisis que recorrerá los
puntos siguientes. En particular, el temprano desarrollo del sistema educativo
en el último cuarto del siglo XIX marcó una diferencia con el resto de los
países de América Latina, que dejó una impronta indeleble en el imaginario
social de la educación argentina.
“Las
características centrales del sistema educativo argentino en su desarrollo
histórico fueron las siguientes:
a)La fuerte presencia del
Estado para asegurar la masificación temprana de la educación primaria,
garantizando la obligatoriedad y gratuidad en el acceso, (b) El proceso de
homogeneización cultural que implicó el surgimiento de un sistema nacional,
frente a los contingentes de inmigrantes que poblaban la República, (c) El
carácter dual del federalismo político, con las provincias a cargo de la
educación, pero con significativos avances del Estado nacional tanto en las
regulaciones como en la construcción de escuelas en los territorios nacionales
y en las propias provincias, (d) La disposición de un sistema más semejante al
modelo francés, con una educación primaria universalista y una escuela
secundaria enciclopédica y selectiva, que formó para el acceso a los estudios
superiores a las clases hegemónicas, (e) La importancia social del docente
normalista como agente de la vanguardia cultural, sustentando un sistema de
enseñanza de calidad y con fuerte presencia como cuerpo moral, (f) Los bajos
niveles de desarrollo democrático tanto del gobierno del sistema educativo como
de las prácticas de gestión local e institucional, (g) La escasa participación
social, comunitaria y familiar en la vida escolar, que se conformó como una clara frontera frente al medio social inmediato”[1].
La Constitución de 1853
Las pedagogías del siglo XIX
consideraron a la escuela como una
‘máquina de educar’ o
invención humana para dominar y encauzar la naturaleza infantil. La promoción de la educación a través de la escuela
será una tarea esencial para el flamante Estado
argentino y en lo más alto de su estructura normativa, la Constitución de 1853,
le dará un lugar de preferencia al progreso de la ilustración y al derecho de
enseñar y aprender.
En
la siguiente actividad le proponemos trabajar con la Constitución Nacional
de 1853.
Ingrese al sitio web del Centro de
Documentación e Información del Ministerio de Economía, cuya dirección es: www.infoleg.gov.ar.
Busque la
Constitución de 1853 y lea los artículos 5, 14, 25 y 67,
inciso 16 (actual art. 75, inciso 18).
Una vez que haya
finalizado su lectura, le solicitamos que desarrolle estos puntos:
1. Las provincias, en nuestra estructura constitucional, son autónomas porque se dictan sus propias
normas. ¿Qué implicancia se desprende de este principio, consagrado en el Artículo
5 de la
Constitución Nacional, con referencia a la materia “educación
primaria”?
2. ¿Qué controversias ha suscitado la
utilización del concepto instrucción general y universitaria en el artículo 67,
inciso 16 (actual art. 75, inciso 18) de la Constitución Nacional?
Es
muy probable que usted haya advertido que el artículo 5 señala la facultad de
las provincias de tener y asegurar su educación primaria, que no puede ser
delegada en el poder central. Aclaremos que esta facultad no implica que el Estado
deje de promover la instrucción pública general mediante aportes económicos del
tesoro nacional.
En cuanto al uso del concepto
“instrucción general”, seguramente habrá comprendido que ella se identifica con
la escuela primaria, mientras que la educación universitaria también abarca la
secundaria.
Para
ampliar lo dicho hasta aquí lo invitamos a realizar la lectura del texto que se
cita a continuación y seguir las indicaciones de la guía.
· Lentijo, P., Martiné, E. y Molina, J.; Temas de Política y
Legislación Educativa: El Derecho a la Cultura y a la Educación en la República Argentina.
Ediciones Escolares, Buenos
Aires, 2004.
Guía para la lectura
·
¿Cómo explican los autores la
relación existente entre el cambio educativo y el cambio social?
·
¿Cuál es la función de la
escuela?
·
¿En qué contexto se produce el
surgimiento del derecho a la educación?
·
¿Qué implicancias tiene la
normativa constitucional en el ámbito educacional?
En
la Constitución
de 1853 se consagra el derecho a enseñar y aprender y se faculta a las
provincias, de acuerdo con la forma federal, para que aseguren la educación
primaria. Mientras que desde el gobierno central se promueve de manera
concurrente el progreso de la ilustración girando fondos del tesoro nacional a
las provincias.
[1] Axel Rivas, Verona
Batiuk, Claudia Composto, Florencia Mezzadra,
Martín Scasso Cecilia Veleda y Alejandro Vera El Desafío del Derecho a la Educación en Argentina. CIPPEC UNICEF.2007. Páginas 19-20. http://www.cippec.org/Main.php?do=documentsShow&categoryId=4&page=5
No hay comentarios:
Publicar un comentario